NUEVA NORMATIVA EUROPEA DE UAS/DRONES

A partir del 31 de diciembre de 2020 será aplicable la nueva normativa europea de UAS. Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso o tamaño. Este nuevo escenario es un paso fundamental en el fin de poder desempeñar trabajos aéreos en cualquiera de sus formas, ya sea bien en operaciones en el ámbito audiovisual, inspecciones técnicas, seguridad y salvamento, etc.

Este marco regulatorio destaca 3 nuevos escenarios a lo que a Categorías se refiere, como se detalla a continuación:

  • CATEGORÍA ABIERTA

Enmarcadas en operaciones con UAS (dron) de bajo riesgo operacional, según la normativa europea y por la que no se requieren ninguna autorización operacional ni de una declaración por parte del operador del UAS previo al vuelo

  • CATEGORÍA ESPECÍFICA

Son aquellas operaciones de UAS (dron) con un riesgo medio que no pueden realizarse en la categoría abierta.

Es necesario que un operador que se encuentre registrado en España solicite y obtenga una autorización operacional emitida por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) o presente una declaración respecto a una operación que se ajuste a un escenario estándar.

A continuación se detallan los escenarios estándar nacionales:

  • STS-ES-01:Operaciones VLOS (dentro del alcance visual del piloto) sobre una zona terrestre controlada en un entorno poblado.
  • STS-ES-02:Operaciones BVLOS (más allá del alcance visual del piloto) con observadores del espacio aéreo sobre una zona terrestre controlada en un entorno poco poblado.
  • CATEGORÍA ESPECIFICA

En dicha categoría las operaciones de UAS realizadas requerirán la certificación del UAS (dron) por EASA, la certificación del operador y, en su caso, la obtención de una licencia por parte del piloto a distancia. En base a su estipulación se clasificarán en Categoría específica cuando:

  • El escenario indicado el UAS/dron es de una dimensión de 3 m o más, su diseño está certificado por EASA para ser usado sobre concentraciones de personas y la operación supone volar sobre concentraciones de personas;
  • El diseño del UAS (dron) está certificado por EASA para el transporte de personas y la operación conlleva su transporte;
  • El UAS (dron) está certificado por EASA a lo que a diseño se refiere para el transporte de mercancías peligrosas al requerir una gran solidez y seguridad para mitigar los riesgos para terceros en caso de accidente.
  • AESA, sobre la base de la evaluación del riesgo operacional para la categoría «específica», considerará que el riesgo de la operación no puede atenuarse adecuadamente sin la certificación del UAS (dron) por EASA y del operador de UAS y, en su caso, denegando obtención de una licencia por parte del piloto a distancia.

 

 

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